Declaración de Ciudad de México
Reunida en la Ciudad de México la Asamblea General del Instituto Latinoamericano del Ombudsman – Defensor del Pueblo (ILO) por el voto unánime de sus participantes resuelve aprobar la siguiente DECLARACIÓN
I. Que la institución del Defensor del Pueblo con sus distintas denominaciones (ombudsman, comisionados, procuradores, defensor de los habitantes, defensor de los vecinos, defensor ciudadano, personero, comisiones de derechos humanos) en América Latina y el Caribe con más de treinta y cinco años de experiencia se ha revelado como un eficaz instrumento de garantías para la real vigencia de los derechos fundamentales de las personas.
II. Que fiel a sus objetivos fundacionales, el ILO continuará promoviendo la creación de la institución en los términos de independencia y autonomía establecidos en los llamados Principios de París, aprobados por la Organización de las Naciones Unidas, en aquellos Estados de nuestra región que aún carecen de ella, para defender y promover los derechos humanos y la cultura de la paz.
III. Que en este sentido la Asamblea del ILO, exhorta a los poderes públicos de la República de Chile que además de los significativos antecedentes a favor de la creación de la figura del Defensor del Pueblo, bajo la denominación que fuera, tomen en consideración la recomendación del Instituto Nacional de Derechos Humanos efectuada en sus sucesivos informes desde 2010, para su creación, en pos de “la concreción de una red de instituciones públicas cuyo fin sea promover, garantizar y proteger los derechos fundamentales y que permita el acceso a la justicia de toda persona y, en especial, de los grupos vulnerados”. Asimismo celebra que la iniciativa forme parte nuevamente de la agenda política en Chile, y la mejor posibilidad de obtenerla, al contemplarse su creación en los programas de Gobierno de las dos principales coaliciones políticas.
IV. Que habiendo promovido el ILO en la asamblea celebrada en Valparaíso, la incorporación de la Procuraduría Federal de los Derechos de los Ciudadanos del Brasil a la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), celebra que el reciente congreso efectuado este mismo mes y año en la ciudad de San Juan de Puerto Rico así lo haya hecho, sin que esto signifique renunciar en modo alguno al propósito de continuar instando a los poderes constituidos en la República Federativa del Brasil, a establecer un sistema de ouvidorías públicas autónomas y democráticas – con un Ouvidor General dotado de prerrogativas propias del Defensor del Pueblo latinoamericano, por fuera del Ministerio Público.
V. Que en igual sentido apoya y promueve la creación de defensorías locales: regionales, provinciales, estaduales y municipales, en la convicción de que el acercamiento de instituciones protectoras de derechos con la sociedad amplían la posibilidad de una mejor defensa de la población. En particular el ILO reconoce el papel que desempeñan las Personerías Municipales colombianas en la defensa y promoción de los derechos humanos de la República de Colombia y exhorta a los poderes públicos de ese Estado fortalecer institucionalmente tales instituciones.
VI. Que expresa su beneplácito y saluda la designación de la Dra. Zoila Martínez como primera Defensora del Pueblo de la República Dominicana.
VII. Que renueva su compromiso de continuar apoyando el proceso de codificación del derecho a la paz como derecho humano sobre la base de las declaraciones de Luarca y las sucesivas de Barcelona, Bilbao y Santiago.
VIII. Que el ILO reconoce en condición de Defensor del Pueblo/ Ombudsman, a todas las instituciones del sector público con mandatos independientes y elegidos conforme a las reglas indicadas en el punto II de la presente declaración.
IX. En ese sentido el ILO reitera que considera conveniente que las universidades e instituciones de educación superior de Latinoamérica, en el marco de la autonomía que les son propias, establezcan defensorías independientes especializadas en la defensa de los Derechos Universitarios, como instancias democráticas y elegidas con la participación de las comunidades universitarias, para la solución de conflictos derivados de la violación a los derechos humanos y universitarios. En especial saluda y desea que el proceso de creación de la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Autónoma Metropolitana culmine exitosamente y en breve tiempo.
X. Que apoya el funcionamiento y desarrollo de las defensorías de niños, niñas y adolescentes, autónomas e independientes del poder político y, especialmente, las experiencias que se están desarrollando en las provincias de Córdoba, Misiones y Santa Fe en la República Argentina
XI. Que en consideración a la necesidad de profundizar el estudio de la institución del Defensor del Pueblo, el ILO continuará promoviendo acuerdos con las universidades públicas y privadas con el objeto de crear espacios académicos con cursos, seminarios y cátedras especializadas con aquél propósito.
XII. Que ratifica la Declaración de Mendoza del 29 de junio de 2007, sosteniendo que la pobreza, la exclusión social, la discriminación, el narcotráfico, la trata de persones con fines de explotación laboral y sexual y la corrupción, son los más graves problemas que afectan a nuestros pueblos, el ILO promoverá programas y acciones para el tratamiento de estos temas, para contribuir a su eliminación. A la vez que, convencidos que la ingente deuda externa constituye una injusta carga social para el desarrollo de nuestros países y la plena vigencia de los derechos humanos, respaldará las iniciativas dirigidas a llevar al conocimiento y decisión de los más altos organismos internacionales un pronunciamiento sobre la existencia real de esa deuda.
XIII. Que en los últimos años se observa de parte de la sociedad en su conjunto y en particular de los más jóvenes, un mayor grado de exigibilidad de sus derechos no siempre debidamente atendidos por parte del Estado, lo que plantea la imperiosa necesidad de observar el funcionamiento de las instituciones públicas y la necesaria remoción de obstáculos que impidan la participación y la inclusión social, tarea a la que los defensores del pueblo deberán prestar la mayor atención y favorecer su desarrollo.
XIV. Que en ese sentido se torna necesario incrementar la participación de las organizaciones de la sociedad civil no sólo para tener mayor incidencia en las políticas públicas sino también en la designación de los magistrados cuya misión sea la de defender los derechos de las personas.
XV. Que la efectiva vigencia de los derechos económicos sociales y culturales seguirán siendo en nuestra región el más alto desafío de nuestra institución para consolidar una sociedad más justa y más democrática.
XVI. Que en la seguridad de que la mayor parte de los hombres y mujeres de América Latina y del Caribe están comprometidos con los valores de la paz, de la justicia, de la no discriminación, de la democracia y de la justicia social, el ILO los convoca a sumar voluntades para asegurar esos objetivos a través del fortalecimiento a la institución del Defensor del Pueblo, comisionados y procuradores de derechos humanos.
Dado en la Rectoría General de la Universidad Autónoma Metropolitana de la Ciudad de México a los 14 días del mes noviembre de 2013
Carlos R. Constenla – Presidente (Argentina). Román Duque Corredor -Vicepresidente I (Venezuela). Salvador Vega y León – Vicepresidente II (México). Juan D. Milos Hurtado – Secretario General (Chile). Joaquín Bracho Dos Santos Secretario (Venezuela). Enrique Raúl Picasso - Tesorero (Argentina). José Luis Armendáriz González (México). Cristina Ayoub Riche (Brasil). Patricia Begne (México). Martha Benedetto (Argentina).Edgardo José Bistoletti (Argentina). Carlos Eduardo Bonicatto (Argentina), Luis Bork Vega (Chile). María Bressa (Argentina). Antonio Caputo (Italia) Fernando Cisneros (México). Analía Colombo (Argentina). Sebatian Cox (Chile). Norberto Darcy (Argentina). Álvaro Garcé (Uruguay) Heriberto García – García (México). Roberto Garretón (Chile). Leticia González Flores (México). Raquel Hochman (México). Leoncio Lara Sáenz (México). Carlos Manera (Argentina). Osvaldo Medina (Argentina) Gabriela Adriana Moffson (Argentina). Alejando Nató (Argentina). Rubens Pinto Lyra (Brasil). Fernando Rodríguez Herrera (Uruguay) Jorge Sansó de La Madrid (Argentina). Andrés Santamaría Garrido (Colombia). Emilio Srougo Allami (México). Marcelo Javier Vairo (Argentina) Jessica Raquel Valentini (Argentina) Sebastián Vinagre (Argentina). Mariano Andrés Vodanovich (Argentina). María Celeste Vouilloud (Argentina) Mariano Gustavo Yakimavicius (Argentina).