Legislación Procesal Activa para la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe

 

 Todo empezó con las toninas overas. 

 

 

 

Legitimación procesal es el atributo reconocido a una persona para actuar en juicio porque acredita derecho para hacerlo teniendo en cuenta su vinculación con la materia en litigio. En relación a una defensoría del pueblo  la legitimación procesal es la posibilidad para actuar en un juicio, sin tener que demostrar que tiene un interés  directo y específico en el tema. Su reconocimiento se origina en el llamado caso de “Las Toninas” de 1983 en el que un particular promovió una acción en defensa de su interés difuso a la protección del patrimonio natural en la plataforma continental (causa Kattan c/ Gobierno Nacional). La legitimación procesal fue reconocida judicialmente antes de la reforma constitucional de 1994 en una causa promovida por el Controlador General Comunal (era en realidad el Defensor del Pueblo) de Buenos Aires en 1991 (causa Cartañá c/Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires s/amparo).

La legislatura santafesina, modificó la ley orgánica de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, acordándole, explícitamente legitimación procesal activa. Se suma de este modo a la mayoría de las defensorías del pueblo provinciales que tienen esa potestad, tal el caso de Buenos Aires, Chubut, Corrientes, Formosa, Jujuy, Río Negro, Santiago del Estero y Tucumán y de las defensorías locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Morón, Neuquén y Vicente López entre otras.

De todos modos, a pesar de algunos estatutos provinciales (Chaco, Córdoba y San Juan) y muchos municipales no la contemplan, por aplicación del artículo 43 de la Constitución nacional, varios tribunales le reconocen ese atributo a las defensorías del pueblo, siguiendo así  la opinión doctrinaria dominante.

Esta reforma legislativa robustecerá la tarea del Defensor del Pueblo provincial que alcanzará de este modo, el rango superior de autonomía  y posibilidad de ejercer el poder negativo que distingue y califica a esta institución para proteger derechos. 

El ILO saluda estar reforma, se congratula por la determinación del legislador y cumplimenta al Defensor del Pueblo, Dr. Raúl Lamberto por este trascendente logro.